Funcionarios de la Secretaría de Ambiente eligieron a sus representantes ante la Comisión de Personal para el periodo 2025-2027
El pasado miércoles 16 de julio se realizaron, en la Secretaría de Ambiente, las elecciones para elegir a los representantes de los trabajadores ante la Comisión de Personal, con vigencia 2025-2027.
Para participar en esta convocatoria, los candidatos debían cumplir con los siguientes requisitos: ser empleados de carrera administrativa, no tener sanciones disciplinarias vigentes, no pertenecer actualmente a la Comisión de Personal y no ocupar cargos de libre nombramiento y remoción, ya sea mediante comisión o encargo.
Los funcionarios que cumplieron con los requisitos y se postularon fueron:
- Sandra Tatyana Bello Herreño, Subdirección de Ecourbanismo y Gestión Ambiental Empresarial
- María Eugenia Archila Soto, Dirección de Gestión Corporativa
- Jairo Andrés Sánchez Herrera, Subdirección de Control Ambiental al Sector Público
- Mónica Ceferino Giraldo, Subsecretaría General
La jornada electoral se desarrolló de manera presencial, de 8:00 a. m. a 4:30 p. m. Contó con la participación de Julián Camilo Barón Chaparro, Alba Lucía Henao Hidalgo, Martha Margarita Villegas Hernández, Nathaly Julieth Caicedo Luján y Wilson Reinel Castiblanco Orjuela, como jurados del proceso.
Resultados de la elección
Representantes principales:
- Jairo Andrés Sánchez Herrera ¿ 33 votos
- Sandra Tatyana Bello Herreño ¿ 24 votos
Representantes suplentes:
- María Eugenia Archila Soto ¿ 18 votos
- Mónica Ceferino Giraldo ¿ 18 votos
Tras conocer los resultados, Jairo Andrés Sánchez expresó su agradecimiento:
"Agradezco a toda la comunidad de la SDA por haber depositado el voto y la confianza en mí. Como ustedes saben, fui elegido como uno de los representantes de los empleados para el periodo 2025-2027. Estoy muy feliz y orgulloso de representarlos. Espero cumplir con sus expectativas y hacer lo mejor posible por la entidad y por cada uno de nosotros que trabajamos aquí".
Las funciones de los Representantes de los Trabajadores ante la Comisión de Personal son:
1. Velar por que los procesos de selección para la provisión de empleos y evaluación del desempeño se realicen conforme con lo establecido en las normas y procedimientos legales y reglamentarios, y los lineamientos señalados por la Comisión Nacional del Servicio Civil. Las citadas atribuciones se llevarán a cabo sin perjuicio de las facultades de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Para el efecto, la Comisión de Personal deberá elaborar los informes y atender las solicitudes que aquella requiera.
2. Solicitar a la Comisión Nacional del Servicio Civil la exclusión de la lista de elegibles de las personas que hubieren sido incluidas sin reunir los requisitos exigidos en las respectivas convocatorias, o con violación de las leyes o reglamentos que regulan la carrera administrativa. En el caso de no atenderse la solicitud, deberán informar de esta situación a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que adopte las medidas pertinentes.
3. Velar por que los empleos se provean en el orden de prioridad establecido en las normas legales y por que las listas de elegibles sean utilizadas dentro de los principios de economía, celeridad y eficacia de la función administrativa.
4. Informar a la Comisión Nacional del Servicio Civil de todas las incidencias que se produzcan en los procesos de selección, evaluación del desempeño y de los encargos.
5. Trimestralmente registrar en el aplicativo de Comisiones de Personal dispuesto por la Comisión Nacional del Servicio Civil lo relacionado con sus actuaciones y el cumplimiento de sus funciones.
Funciones participativas
1. Participar en la elaboración del plan anual de formación y capacitación y en el de estímulos y en su seguimiento.
2. Proponer en la respectiva entidad la formulación de programas para el diagnóstico y medición del clima organizacional.
Funciones de instancia de reclamaciones laborales
1. La Comisión de Personal debe conocer en primera instancia de las reclamaciones que presenten los funcionarios públicos vinculados a la entidad, por:
- Derecho preferencial de incorporación y sus efectos.
- Desmejoramiento de las condiciones laborales de los funcionarios públicos de la entidad.
- Derecho preferencial de encargo.
- La Comisión de Personal debe conocer en primera instancia de las reclamaciones que presenten los funcionarios públicos vinculados a la entidad, por inconformidad con los compromisos laborales en la evaluación de desempeño laboral.